La Ley del Trabajo de Bolivia establece que los trabajadores deberán recibir una paga extraordinaria por las horas extras que logren realizar. Dicha ley establece que las horas extra, así como el trabajo en los días feriados tendrán que pagarse con el 100% de recargo. Por otra parte, el trabajo nocturno en las mismas condiciones que el diurno tendrá del 25% al 50% de recargo, dependiendo del caso.
Hay que saber que se consideran horas extra aquellas que salgan de la jornada efectiva de trabajo, que es de 8 horas por día y 48 horas semanales. A su vez, el trabajo nocturno es aquel que se desarrolla entre las 8 pm y las 6 am.